jueves, 10 de abril de 2008

EPS autorizan abortos, pero no pueden obligar a médicos a practicarlos, dice entidad que las agrupa


Esta autorizacion que se le ha dado ala EPC se debe dar con sur respectivas norma, en este caso el medico esta en su libre albedrio de elegir si hacer o no el aborato a la persona que por la ley se le ha autorizado hacer esta accion. esto pues es una buena forma de darle a cada persona su derecho segun sus creecias y su cultura de relizar estos actos y lo que moralmente y eticamente cree conveniente.

peros sehan dado situaciones que no se esta llevando esta norma y derechos como sucedio en la demanda que en la declaración provocada por la primera condena de la Corte Constitucional, a la EPS Coomeva, por no hacer un aborto a una niña de 13 años que había sido violada en Cúcuta.En la providencia de la Corte, que le ordenó a un juez administrativo de Cúcuta para que liquidara la indemnización de la EPS a la niña que tuvo el bebé, le dice a Coomeva que puede repetir contra los hospitales y médicos que no hicieron el procedimiento para que ellos finalmente paguen. Por su parte, Coomeva, mediante un comunicado, señaló que aún no ha sido notificada del fallo, pero lo acata. "Coomeva autorizó e hizo lo que estaba a su alcance legal para la práctica del procedimiento, garantizó a la menor la atención médica especializada, que incluyó ayuda psicológica, atención durante el nacimiento del bebé y la recuperación pospart , señaló la EPS.El hospital público Erasmo Meoz, de Cúcuta, cuyos ginecólogos se negaron a hacerle el procedimiento a la menor y por eso va a hacer investigado por la Supersalud, señaló ayer que los motivos de no practicar el aborto fueron de cada uno de los ginecólogos.

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